En Cantarell Capital, estamos comprometidos a ser el socio financiero ideal para el sector gasolinero. Aquí te damos algunas razones por las cuáles, elegirnos es la mejor decisión para tu estación de servicio”
Nuestros planes te ayudan a administrar tu crédito de manera eficiente
1
Obtén tu financiamiento y abastece tu inventario.
2
Continua con la operación de tus ventas.
3
Realiza el pago de tu financiamiento en el plazo establecido.
4
Vuelve a disponer efectivo de tu línea de crédito revolvente.
Contamos con financiamientos diseñados para mejorar el flujo de efectivo de nuestros clientes y asegurar su operación continua. Otorgamos créditos a estaciones de servicio para la compra de inventario de combustibles, con plazos flexibles que se ajustan a sus ciclos de operación.
paso 2
Ingresa la información y documentos solicitados.
Paso 3
Espera los resultados de tu pre-aplicación.
Paso 1
Ingresa a “pre-aplicación de crédito”.
Paso 5
Acude a realizar la formalización de tu crédito.
Paso 6
Dispón de tu línea de crédito en el momento que lo requieras.
Paso 4
Aplica para recibir tu línea de crédito revolvente.
Contamos con financiamientos diseñados para mejorar el flujo de efectivo de nuestros clientes y asegurar su operación continua.
Otorgamos créditos a estaciones de servicio para la compra de inventario de combustibles, con plazos flexibles que se ajustan a sus ciclos de operación.
Al elegir Cantarell Capital, nuestros clientes obtienen no solo un servicio financiero, sino, también una alianza estratégica que les permite enfocarse en hacer crecer su negocio mientras nosotros nos ocupamos de proporcionar el capital necesario para mantener sus operaciones en marcha.
Para su constitución y operación con carácter de Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad no regulada. No requieren autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y únicamente está sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para efectos del artículo 56 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
De conformidad con lo establecido los artículos 12 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y Artículo 87-J de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.